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La información brindada en esta página web es solo a modo de referencia y expuesta a modo público a fin de servir como una guía aproximada de lo que se necesita para adquirir un sistema de seguridad.

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Garantía
El uso de nuestros productos significa la aceptación de todos los términos y condiciones de la garantía.


Limitaciones de los sistemas de alarma
Se debe comprender que el sistema de alarma de AR-SEC S.A.S. siendo altamente avanzado y seguro, no ofrece ninguna protección garantizada respecto a robos, incendios u otras urgencias. Esto se debe a una serie de razones, incluidas, pero sin limitarse a ello, una mala y/o inadecuada instalación/ubicación, limitaciones del sensor, funcionamiento de la batería, interrupción de la señal cableada o inalámbrica, mal mantenimiento o la posibilidad que el sistema o los medios de comunicación sean comprometidos o eludidos. Como resultado, AR-SEC S.A.S. no afirma que el sistema de alarma evitará lesiones personales o daños en la propiedad, o que proveerá, cualquiera fuera la circunstancia, una advertencia o protección adecuada.

En consecuencia, el sistema de seguridad debe ser considerado como una de las muchas herramientas disponibles para reducir los riesgos y/o los daños causados por robos, incendios u otras emergencias; entre estas otras herramientas figuran, sin limitarse a ello, las pólizas de seguro, dispositivos de prevención y de extinción de incendios, junto a rociadores automáticos.
Recomendamos enfáticamente efectuar un mantenimiento regular de los sistemas de seguridad y estar bien informados acerca de los nuevos y mejorados productos.


Protección de Datos Personales
Ley 25.326 sobre Protección de Datos Personales.

AR-SEC S.A.S. en cumplimiento de la Ley 25.326 sobre Protección de Datos Personales (AR), le informa que los datos personales que usted nos facilite serán incorporados a nuestros archivos informatizados. Los mismos son utilizados única y exclusivamente para uso interno de nuestra empresa, empresas del grupo o asociadas, bajo ninguna circunstancia serán facilitados a terceros sin su consentimiento expreso.

Nuestros archivos de datos están inscriptos en el Registro Nacional de Bases de Datos, los mismos se encuentran resguardados por las políticas de seguridad exigidas por la Ley y aún más exigentes y modernas.

Usted puede solicitar se le informe el nombre del Responsable de la Base de Datos que proveyó la información (Art. 27, párr. tercero, Anexo I, Decreto 1558/01): “El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326”.

En todos los casos nos reservamos el derecho de hacer uso de los medios apropiados para informarle los datos contenidos bases de datos.

Disposición 4/2009 Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP)
Artículo 1° En las comunicaciones con fines de publicidad directa, el banco de datos emisor debe incorporar un aviso que informe al titular del dato sobre los derechos de retiro o bloqueo total o parcial, de su nombre de la base de datos, el mecanismo que se ha previsto para su ejercicio, con más la transcripción del artículo 27, inciso 3, de la Ley N° 25.326 y el párrafo tercero del artículo 27 del Anexo I del Decreto N° 1558/01.

Artículo 27°Inciso 3 Ley 25.326 El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo.

Artículo 27° del Anexo I del Decreto N° 1558/01 En toda comunicación con fines de publicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, Internet u otro medio a distancia a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de la base de datos. A pedido del interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información.

Art. 2° Establécese que cuando se efectúen envíos de comunicaciones de publicidad directa no requeridas o consentidas previamente por el titular del dato personal, deberá advertirse en forma destacada que se trata de una publicidad. En caso de realizarse dicha comunicación a través de un correo electrónico deberá insertarse en su encabezado el término único “publicidad”.

“La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales”.

La aplicación de la Ley 25.326 es obligatoria para todos.